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DEBERES FUNDAMENTALES DEL PERITO GRAFOLOGO OFICIAL
- Es misión especial del perito grafólogo velar por la
correcta difusión de la ciencia grafoanalítica, no confundiéndola con otras
ciencias o disciplinas, protegiendo de esta manera la profesión y evitando así
el fraude a la buena fe de los terceros.
- Orientar su tarea profesional en bien de quienes lo
necesiten ayudándoles moral y espiritualmente, sin discriminación de ninguna
naturaleza.
DEBERES INHERENTES AL EJERCICIO DE LA PROFESION
- Velar para que el prestigio del título del grafólogo sea
destacado y conservado dentro de los distintos campos de carreras
profesionales.
- Ejercer su profesión manteniéndose actualizado respecto
las más modernas técnicas que ofrezca el campo grafoanalítico.
- Orientar su atención profesional con predominio de su
ejercicio específico por sobre los intereses personales de carácter material.
- Colaborar en todo momento y circunstancia para evitar el
ejercicio ilegal de la profesión por parte de individuos inescrupulosos.
- Procurar que su conducta profesional se halle respaldada
por una sólida y edificante conducta privada.
DEL SECRETO PROFESIONAL
- La esencia misma de la profesión del grafólogo impone el
secreto profesional. La seguridad de los clientes. La respetabilidad del
profesional y la dignidad del ejercicio de la profesión, exigen el secreto
profesional.
- Existe un secreto explícito, formal y textualmente
confiado y un secreto implícito que surge de la naturaleza propia de la
relación entre el profesional y el cliente. Ambas formas del secreto
profesional son inviolables, con excepción de los casos considerados por las
leyes como de denuncia obligatoria.
- El secreto profesional es una obligación. El revelarlo
sin justa causa, pudiendo causar o causando un daño a terceros, puede
configurar un delito en los términos del artículo 156 del Código Penal.
DEL ANUNCIO PROFESIONALES
- El grafólogo que ofrezca públicamente sus servicios
debe hacerlo mediante anuncios discretos, limitándose a indicar su nombre y
apellido, su título científico que lo habilita como tal, horario de atención
dirección y número de teléfono y mail.
- Están expresamente reñidos con toda norma ética los
anuncios que reunen las siguiente características:
-
Los
que ex explícita o implícitamente mencionen tarifas y/o acompañados de
fotografía del profesional;
-
Los que explícita o implícitamente mencionen tarifas u honorarios
diferenciales;
-
Los
que invoquen títulos o antecedentes que no posean legalmente.
-
Los que por su particular redacción o ambigüedad induzcan a error o
confusión respecto de su identidad o título profesional.
-
Los
que transmitidos por radio, televisión, prensa, cine y los repartidos en forma
del correo con destinatario preciso;
-
Los que sean exhibidos en lugares
inadecuados o sitios que comprometan la seriedad de la profesión.
- La labor de los profesionales en la publicidad es
aceptable cuando su propósito es difundir socialmente la ciencia, pero está en
pugna con los principios éticos cuando hace pseudociencia como auto-reclamo,
necesariamente al artículo con su autor o con una institución determinada, o
haciendo mención de éxitos profesionales o estadísticos, que puedan despertar
sospechas o abusando en el texto de la primera persona, así como relatando los
resultados obtenidos en la investigación de nuevas técnicas o procedimientos
especiales para efectuar los análisis, atribuyéndose su autoría, cuando en
definitiva los mismos no son conocidos ni científicamente aprobados.
DEBERES DEL PERITO
GRAFOLOGO OFICIAL
- Todo grafólogo debe respetar la dignidad de sus colegas
y hacer que se la respete. Debe abstenerse de expresiones indebidas o
injuriosas respecto de sus colegas, así como aludir a sus antecedentes
personales, ideológicos, políticos o raciales, que puedan resultar ofensivos o
discriminatorios.
- La cortesía, la lealtad y el respecto mutuo deben
caracterizar las relaciones de los grafólogos entre sí y con lo demás
profesionales.
- Es deber del grafólogo saber apreciar en su justa medida
los conocimientos y capacidades de sus colegas, no descartando las opiniones
científicas de los mismos, con lo que se contribuye al progreso de la
profesión y al crecimiento del respeto social por la misma.
- Debe ayudar diligentemente a todo colega que lo
solicite, brindando consejo o información de carácter profesional, con lo que
se manifiesta ante los clientes y público en general, el ejemplo de la
consideración recíproca.
- Todo grafólogo debe abstenerse de realizar acciones o
esfuerzos directos o indirectos, para atraer cliente de otro colega, ya sea
por ofrecimiento de servicios más económicos o gratuitos o por otros medios
que no sean los que atañen a la competencia científica.
DEBERES DEL GRAFOLOGO CON
SU CLIENTE
- El grafólogo observará los siguientes deberes:
-
Ofrecer un claro calor humano en los vínculos que se establezcan con los
clientes durante el ejercicio de la profesión;
-
No crear falsas expectativas, ni magnificar los resultados de sus
análisis e investigaciones, frente a su cliente;
-
Demostrar dedicación y celo profesional en base al saber científico,
absteniéndose de realizar actos o transacciones que puedan causar descrédito a la profesión;
-
No utilizar en sus análisis técnicas experimentales que no hayan sido aprobadas
científicamente, debidamente publicitadas a nivel nacional o internacional;
-
Informar al cliente la verdad de sus comprobaciones, emitiendo informes
con prudencia y respeto por la sensibilidad ajena;
-
Guardar un profundo y estricto secreto profesional;
-
Anteponer el interés especifico del cliente al propio de carácter
material;
-
Mantener los aranceles profesionales dentro de límites criteriosos.
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