DEBERES FUNDAMENTALES DEL PERITO GRAFOLOGO OFICIAL

 

  • Es misión especial del perito grafólogo velar por la correcta difusión de la ciencia grafoanalítica, no confundiéndola con otras ciencias o disciplinas, protegiendo de esta manera la profesión y evitando así el fraude a la buena fe de los terceros.

 

  • Orientar su tarea profesional en bien de quienes lo necesiten ayudándoles moral y espiritualmente, sin discriminación de ninguna naturaleza.

  

DEBERES INHERENTES AL EJERCICIO DE LA PROFESION

 

  • Velar para que el prestigio del título del grafólogo sea destacado y conservado dentro de los distintos campos de carreras profesionales.

 

  • Ejercer su profesión manteniéndose actualizado respecto las más modernas técnicas que ofrezca el campo grafoanalítico.

 

  • Orientar su atención profesional con predominio de su ejercicio específico por sobre los intereses personales de carácter material.

 

  • Colaborar en todo momento y circunstancia para evitar el ejercicio ilegal de la profesión por parte de individuos inescrupulosos.

 

  • Procurar que su conducta profesional se halle respaldada por una sólida y edificante conducta privada.

 

DEL SECRETO PROFESIONAL

 

  • La esencia misma de la profesión del grafólogo impone el secreto profesional. La seguridad de los clientes. La respetabilidad del profesional y la dignidad del ejercicio de la profesión, exigen el secreto profesional.

 

  • Existe un secreto explícito, formal y textualmente confiado y un secreto implícito que surge de la naturaleza propia de la relación entre el profesional y el cliente. Ambas formas del secreto profesional son inviolables, con excepción de los casos considerados por las leyes como de denuncia obligatoria.

 

  • El secreto profesional es una obligación. El revelarlo sin justa causa, pudiendo causar o causando un daño a terceros, puede configurar un delito en los términos del artículo 156 del Código Penal.

 

 

DEL ANUNCIO PROFESIONALES

 

  • El grafólogo que ofrezca públicamente  sus servicios debe hacerlo mediante anuncios discretos, limitándose a indicar su nombre y apellido, su título científico que lo habilita como tal, horario de atención dirección y número de teléfono y mail.

 

  • Están expresamente reñidos con toda norma ética los anuncios que reunen las siguiente características:
  1. Los que ex explícita o implícitamente mencionen tarifas y/o acompañados de fotografía del profesional;

  2. Los que explícita o implícitamente mencionen tarifas u honorarios diferenciales;

  3. Los que invoquen títulos o antecedentes que no posean legalmente.

  4. Los que por su particular redacción o ambigüedad induzcan a error o confusión respecto de su identidad o título profesional.

  5. Los que transmitidos por radio, televisión, prensa, cine y los repartidos en forma del correo con destinatario preciso;

  6. Los que sean exhibidos en lugares inadecuados o sitios que comprometan la seriedad de la profesión.

  • La labor de los profesionales en la publicidad es aceptable cuando su propósito es difundir socialmente la ciencia, pero está en pugna con los principios éticos cuando hace pseudociencia como auto-reclamo, necesariamente al artículo con su autor o con una institución determinada, o haciendo mención de éxitos profesionales o estadísticos, que puedan despertar sospechas o abusando en el texto de la primera persona, así como relatando los resultados obtenidos en la investigación de nuevas técnicas o procedimientos especiales para efectuar los análisis, atribuyéndose su autoría, cuando en definitiva los mismos no son conocidos ni científicamente aprobados.

 

 

DEBERES DEL PERITO GRAFOLOGO OFICIAL

 

  • Todo grafólogo debe respetar la dignidad de sus colegas y hacer que se la respete. Debe abstenerse de expresiones indebidas o injuriosas respecto de sus colegas, así como aludir a sus antecedentes personales, ideológicos, políticos o raciales, que puedan resultar ofensivos o discriminatorios.

 

  • La cortesía, la lealtad y el respecto mutuo deben caracterizar las relaciones de los grafólogos entre sí y con lo demás profesionales.

 

  • Es deber del grafólogo saber apreciar en su justa medida los conocimientos y capacidades de sus colegas, no descartando las opiniones científicas de los mismos, con lo que se contribuye al progreso de la profesión y al crecimiento del respeto social por la misma.

 

  • Debe ayudar diligentemente a todo colega que lo solicite, brindando consejo o información de carácter profesional, con lo que se manifiesta ante los clientes y público en general, el ejemplo de la consideración recíproca.

 

  • Todo grafólogo debe abstenerse de realizar acciones o esfuerzos directos o indirectos, para atraer cliente de otro colega, ya sea por ofrecimiento de servicios más económicos o gratuitos o por otros medios que no sean los que atañen a la competencia científica.

 

DEBERES DEL GRAFOLOGO CON SU CLIENTE

  • El grafólogo observará los siguientes deberes:
  1. Ofrecer un claro calor humano en los vínculos que se establezcan con los clientes durante el ejercicio de la profesión;

  2. No crear falsas expectativas, ni magnificar los resultados de sus análisis e investigaciones, frente a su cliente;

  3. Demostrar dedicación y celo profesional en base al saber científico, absteniéndose de realizar actos o transacciones que puedan causar descrédito a la profesión;

  4. No utilizar en sus análisis técnicas experimentales que no hayan sido aprobadas científicamente, debidamente publicitadas a nivel nacional o internacional;

  5. Informar al cliente la verdad de sus comprobaciones, emitiendo informes con prudencia y respeto por la sensibilidad ajena;

  6. Guardar un profundo y estricto secreto profesional;

  7. Anteponer el interés especifico del cliente al propio de carácter material;

  8. Mantener los aranceles profesionales dentro de límites criteriosos.